Skip to content
Copia de LinkedIn Banner Amarillo Monocromo Foto (4)

 

El ingreso de la víctima al Registro Estatal de Víctimas se hará por la denuncia, la queja o el conocimiento de los hechos que podrá realizar la propia víctima, la autoridad, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos o un tercero que tenga conocimiento sobre los hechos.

 

Toda autoridad que tenga contacto con la víctima estará obligada a recibir su declaración, la cual consistirá en una narración de los hechos con los detalles y elementos de prueba que la misma ofrezca, que se hará constar en el formato único de declaración. 

 

El Ministerio Público, los Defensores Públicos, los asesores jurídicos de la víctima y la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, no podrán negarse a recibir dicha declaración.

 

Cuando la víctima sea mayor de 12 años, podrá solicitar su ingreso al Registro Estatal de Víctimas por sí misma o a través de sus representantes. En los casos de víctimas menores de 12 años, se podrá solicitar su ingreso a través de su representante legal.

 

¿Dónde presento la solicitud de inscripción al Registro Estatal de Víctimas?

 

La Subdirección del Registro Estatal de víctimas al interior de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas es la encargada de dar trámite al Formato Único de Declaración.

 

El horario para la recepción de documentos, atención al público es de  9:00 a las 15:00 horas con domicilio ubicado en Calle Hermenegildo Galeana número 95 Colonia Centro, Cuernavaca, Morelos.

 

 

documentos registro